La Asociación de Empresarios de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid, AELMA, quiere mostrar su absoluta disconformidad ante la postura de las organizaciones sindicales que forman parte de la Comisión de Absentismo Laboral, de reducir el absentismo que afecta a este sector a cambio de incentivar a los trabajadores con una dotación económica para que acudan a sus puestos de trabajo. Según AELMA, es ilógico que el trabajador reciba un plus por el mero hecho de acudir a su centro de trabajo, puesto que se trata de su responsabilidad.
La Comisión de Absentismo Laboral fue creada en marzo de 2009 para dar solución al problema del alto índice de absentismo laboral que afronta el sector.
AELMA nos envía ésta nota de prensa:
¿HAY QUE PAGAR A LOS EMPLEADOS UN PLUS PARA QUE VAYAN A TRABAJAR?
• Empresarios del sector de la limpieza madrileño tachan de irracional la posición de los sindicatos para reducir el absentismo laboral, que pasa porque se les pague un plus a los trabajadores por el mero hecho de acudir a sus puestos de trabajo.
• Esta iniciativa pone en riesgo la viabilidad del sector de la limpieza, ya de por sí castigado por la crisis económica.
Madrid, 20 de enero de 2010.- Los empresarios del sector de la limpieza de edificios y locales de la Comunidad de Madrid agrupados en AELMA manifiestan su absoluta disconformidad ante la postura de las organizaciones sindicales que forman parte de la Comisión de Absentismo Laboral, de reducir el absentismo que afecta a este sector a cambio de incentivar a los trabajadores con una dotación económica para que acudan a sus puestos de trabajo.
Este planteamiento es “a todas luces ilógico y desafortunado en los tiempos que corren, ya que pone en riesgo la viabilidad económica de un sector muy castigado por la crisis económica, debido a que las empresas deben hacer frente a un importante problema de tesorería, originado por los impagos, la restricción de los créditos bancarios y la costosa captación de clientes”, asegura Jesús Martín, presidente de AELMA.
La Comisión de Absentismo Laboral se puso en funcionamiento en marzo del año pasado con el objetivo de reducir las altas tasas de absentismo en este sector. Dar solución a este problema fue uno de los principales motivos de discrepancia para alcanzar la firma del Convenio Colectivo que tardó nueve meses en ser rubricado por ambas partes. A lo largo del año 2009, las patronales de las empresas de limpieza capitaneadas por AELMA y ASPEL han propuesto varias iniciativas para atajar esta cuestión de suma importancia para esta industria, sin embargo, los sindicatos han rechazado todas las medidas y sólo están dispuestos a asumir cualquier fórmula para controlar el absentismo que pase por el pago de un incentivo económico, es decir, no hay negociación si no es a cambio de una contraprestación económica.
A juicio de AELMA, ningún empresario puede “premiar” a su empleado para que acuda a su puesto de trabajo, ya que se entiende que esto es responsabilidad del trabajador. Además, en el Convenio Colectivo aprobado en noviembre de 2008 se estableció una subida salarial del IPC real del año 2009 + el 1,3% (el IPC del año 2009 se ha establecido en un 0,8%), lo que significa un aumento de salario para el año en curso más del doble del IPC.
Por este motivo, “sucumbir a la petición de los sindicatos es a todas luces inadmisible, ya que las empresas no van a poder repercutir ese incentivo que reclama el colectivo sindical a sus clientes debido a la situación económica”, sostiene el presidente de la asociación. No obstante, AELMA quiere manifestar su decisión de seguir cooperando con las fuerzas sindicales en el marco de la Comisión de Absentismo Laboral para buscar nuevas iniciativas que solucionen esta inviable situación.
Sobre AELMA
La Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (AELMA), creada en 1977, agrupa a la mayoría de las empresas del sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid. AELMA es miembro de CEIM, la Cámara de Industria y Comercio de Madrid y de las Asociaciones Federadas de Empresarios de Limpieza Nacionales (AFELIN).
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jueves, 21 de enero de 2010
miércoles, 14 de octubre de 2009
Acuerdo alcanzado por la empresa “Eulen, Sociedad Anónima” (Aeropuerto de Barajas), y representantes de los trabajadores sobre plus de festivos
El Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid BOCM, Nº 241, 10/10/2009 recoge el acuerdo adoptado entre empresa y trabajadores de fesitvos de la terminal A4 de Barajas referente a la consideración a todos los efectos de los plus de festivos como retribución normal percibida por los trabajadores en el cálculo de la paga o retribución de las vacaciones anuales, en un promedio de lo devengado por tal concepto (plus festivos), los tres últimos meses anteriores al disfrute de las vacaciones.
El acuerdo sigue la línea ya asentada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al respecto y que en la actualidad está en estudio para su unificación como criterio general en España en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dado que existen sentencias contradictorias en diversas Comunidades Autónomas.
Los trabajadores contratados para prestar servicios en fin de semana (sábado y domingos) y festivos, que se encuentren adscritos al servicio de limpieza de la Terminal 4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas, contratado por el cliente “Aena”, tendrán derecho a que se les incluya, con efectos a partir del presente año 2009 y sucesivos, en el cálculo de la retribución de las vacaciones anuales el plus festivo que vengan percibiendo en el promedio de lo devengado por tal concepto en los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de disfrute de las vacaciones.
El acuerdo sigue la línea ya asentada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al respecto y que en la actualidad está en estudio para su unificación como criterio general en España en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dado que existen sentencias contradictorias en diversas Comunidades Autónomas.
Los trabajadores contratados para prestar servicios en fin de semana (sábado y domingos) y festivos, que se encuentren adscritos al servicio de limpieza de la Terminal 4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas, contratado por el cliente “Aena”, tendrán derecho a que se les incluya, con efectos a partir del presente año 2009 y sucesivos, en el cálculo de la retribución de las vacaciones anuales el plus festivo que vengan percibiendo en el promedio de lo devengado por tal concepto en los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de disfrute de las vacaciones.
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