miércoles, 14 de octubre de 2009

Acuerdo alcanzado por la empresa “Eulen, Sociedad Anónima” (Aeropuerto de Barajas), y representantes de los trabajadores sobre plus de festivos

El Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid BOCM, Nº 241, 10/10/2009 recoge el acuerdo adoptado entre empresa y trabajadores de fesitvos de la terminal A4 de Barajas referente a la consideración a todos los efectos de los plus de festivos como retribución normal percibida por los trabajadores en el cálculo de la paga o retribución de las vacaciones anuales, en un promedio de lo devengado por tal concepto (plus festivos), los tres últimos meses anteriores al disfrute de las vacaciones.

El acuerdo sigue la línea ya asentada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al respecto y que en la actualidad está en estudio para su unificación como criterio general en España en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dado que existen sentencias contradictorias en diversas Comunidades Autónomas.

Los trabajadores contratados para prestar servicios en fin de semana (sábado y domingos) y festivos, que se encuentren adscritos al servicio de limpieza de la Terminal 4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas, contratado por el cliente “Aena”, tendrán derecho a que se les incluya, con efectos a partir del presente año 2009 y sucesivos, en el cálculo de la retribución de las vacaciones anuales el plus festivo que vengan percibiendo en el promedio de lo devengado por tal concepto en los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de disfrute de las vacaciones.

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